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El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 23-240-132053 expedida el 22/06/2023, dirigido al (la) señor(a) CARMEN SOFIA ZULETA GUTIERREZ, y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 11/07/2023 y será desfijado el día 18/07/2023, a las 4:30 p.m., así:

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Rad No.:  23-240-132053

Barranquilla, 22/06/2023  

Señor(a)

CARMEN SOFIA ZULETA GUTIERREZ

Carrera 5A No. 20B1-4 manzana 15 casa 2

Valledupar

                                                                                        Contrato: 14221899

Asunto: Confirmación de comunicación. 

En respuesta a su comunicación recibida en nuestras oficinas el día 15 de junio de 2023, radicada bajo el No. 23-003223, relativa a su solicitud de reconexión en el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 5A No. 20B1-4 manzana 15 casa 2 de Valledupar, nos permitimos hacerles los siguientes respetuosos comentarios:

El día 1 de junio de 2023, la señora CARMEN S. ZULETA, presentó en nuestras oficinas de Atención a Usuarios un derecho de petición que versa sobre los mismos hechos (solicitud de reconexión del servicio), del derecho de petición presentado por usted el día 15 de junio de 2023.

Al respecto, es importante indicarle que el derecho de petición presentado el día 1 de junio de 2023 fue respondido oportunamente mediante nuestra comunicación 23-240-131930 del 21 de junio de 2023, la cual, se encuentra en trámite de notificación.

De acuerdo con todo lo anterior, le indicamos que el derecho de petición presentado el día 15 de junio de 2023, relativo a la solicitud de reconexión del servicio, fue resuelto a través de la comunicación 23-240-131930 del 21 de junio de 2023, que se encuentra en proceso de notificación, por lo que, GASCARIBE S.A. E.S.P., reitera lo expresado en nuestra comunicación 23-240-131930 del 21 de junio de 2023.

Todo lo anterior, en concordancia con lo establecido en el artículo 19 de la Ley 1755 del 30 de junio de 2015, por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece: “Peticiones irrespetuosas, oscuras o reiterativas: (…) Respecto de peticiones reiterativas ya resueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores”.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Atentamente,

Carlos Jubiz

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS023/73

200927339

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