fbpx

El Código Contencioso de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011) en su artículo 69 establece que: “… Cuando se desconozca la información sobre el destinatario, el aviso, con copia íntegra del acto administrativo, se publicará en la página electrónica y en todo caso en un lugar de acceso al público de la respectiva entidad por el término de cinco (5) días, con la advertencia de que la notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso”. 

Por ello, GASCARIBE S.A. E.S.P. pública en la página web de la empresa, el acto administrativo No. 23-240-111154 de 07/03/2023, dirigido al (la) señor(a) NAILITH PAOLA BUENDIA OVIEDO y por el término de cinco (5) días hábiles contados a partir de hoy 28/03/2023, y será desfijado el día 04/04/2023, a las 4:30 p.m., así:

Rad No.:  23-240-111154

Barranquilla, 7/03/2023  

Señor(a)

NAILITH PAOLA BUENDIA OVIEDO

Carrera 14C No. 21 – 44

Plato (Magdalena)

                                                                                        Contrato: 67334065

Asunto: Revisión de Estrato

En respuesta a su comunicación recibida en nuestro el día 28 de febrero de 2023, radicada bajo el No. PLA 23-000098, le informamos que GASCARIBE S.A. E.S.P., se encuentra facturando en estrato 02, el servicio de gas natural del inmueble ubicado en la Carrera 14C No. 21 – 44 de Plato (Magdalena), de acuerdo con lo previsto en el Decreto 150 del 28 diciembre 2005

Por lo anterior, no es procedente realizar el cambio de estrato solicitado. Le sugerimos presentar sus reclamos sobre estratificación ante la Alcaldía Municipal, ente encargado en primera instancia de atender este tipo de solicitudes según lo dispuesto en la Ley 689 de 2001.

Cualquier información adicional sobre el particular con gusto la suministraremos en nuestras oficinas de atención al usuario, a través de la línea telefónica (605)3227000, o a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea.

Contra la presente decisión proceden los recursos de Reposición y en subsidio el de Apelación para ante la Superintendencia de Servicios Públicos, dentro de los (5) cinco días hábiles siguientes a su notificación. Los cuales podrá presentar a través de nuestra página web www.gascaribe.com sección Pagos y Servicios en línea, o en nuestras oficinas de Atención a Usuarios. Al respecto, es importante señalar que para recurrir deberá acreditar el pago de las sumas que no han sido objeto de recurso, lo anterior, de acuerdo con lo previsto en el Art.155 de la Ley 142 de 1994.

Atentamente,

CARLOS JÚBIZ BASSI

Jefe Departamento Atención al Usuario

GSS003/73

196978094

en_US
Ir al contenido